Decepción de la Confederación mar-industria alimentaria tras no recogerse sus peticiones en la modificación del reglamento general de costas
Asociación Galega de Empresarios Depuradores de Moluscos (Agade)
8 de agosto, 2022
Inseguridad jurídica para las empresas que operan las instalaciones del complejo mar-industria
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La tramitación de la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, mediante la cual se modifica la Ley de Costas, generó a lo largo de su tramitación un intenso debate en el sector mar industria alimentario, concretamente en torno al punto del proyecto de Ley que establecía una forma de cómputo de las prórrogas extraordinarias que acortaban el tiempo que las empresas podrían permanecer en dominio público en sus emplazamientos actuales generando, para muchas de ellas, una situación de total incertidumbre sobre la continuidad de sus actividades en la ribera del mar a corto y medio plazo.
Esta Ley establece en su artículo 20 que la duración de las concesiones y sus prórrogas no podrán sobrepasar los 75 años, empezando a contar ese plazo desde la fecha de la primera licencia lo que, a juicio de la industria del sector mar alimentario gallego suponía una modificación de la Ley de Costas que debería haberse abordado precisamente en ese marco, como advirtió el propio Consejo de Estado y corroboraron tanto la Asesoría Jurídica de la Xunta de Galicia como el del Consejo Consultivo de Galicia.
El pasado 2 de agosto el BOE publicó el Real Decreto 668/2022, de 1 de agosto, por el que se modifica el Reglamento General de Costas, fundamentalmente para su adaptación a la Ley de Cambio Climático.
Tras el análisis detallado del nuevo Reglamento de Costas, las asociaciones que forman parte de la Confederación Mar-Industria alimentaria (agade, anfaco-cecopesca, apromar y cluster acuicultura) manifestan su profunda decepción con el texto aprobado ya que en el mismo, en la práctica, no se han recogido ninguna de las alegaciones relevantes presentadas por la Confederación durante la tramitación del Real Decreto y, como consecuencia, se ha incrementado el nivel de inseguridad jurídica para las empresas que, precisamente, era el objetivo fundamental de nuestras alegaciones.
Señalan: "Ante la evidencia de lo establecido en el artículo 20.4 de la Ley de Cambio Climático y Transición Ecológica, nuestras alegaciones se centraron fundamentalmente en proponer el establecimiento de mecanismos legales para que, en el caso del vencimiento de los plazos concesionales, respetando el principio de concurrencia de acceso al dominio público, se facilitase y promoviese por parte de las Administraciones el mantenimiento de las empresas afectadas y sus instalaciones en la ribera del mar, ya sea por su concesionario inicial o por un nuevo concesionario resultante de concurso público, de tal forma que tanto la actividad productiva como el empleo no se viesen comprometidos por el agotamiento del plazo concesional. De esta forma entendemos que se hubiera contribuido decisivamente a preservar el rico tejido productivo, situado en la ribera del mar, que el sector mar industria alimentario ha venido desarrollando y gestionando de forma legal y respetuoso con el medioambiente. Sin embargo, el Ministerio, al hacer caso omiso, pone de manifiesto que su única opción es la de retirar las industrias de la costa para devolverla a un estado hipotético e irreal, en el que solo se consideran los factores medioambientales en detrimento de los sociales, económicos y culturales. Las industrias localizadas, en una amplia representación, desaparecerán del territorio".
Otra de las alegaciones relevantes presentadas consistía en que la extensión del plazo concesional máximo de 75 años para determinadas actividades, se hiciese extensible a las empresas auxiliares de cultivos marinos y a todos aquellos operadores alimentarios de productos del mar que justifiquen la necesidad de una acometida directa de agua salada en su proceso productivo. Finalmente el Reglamento aprobado fija un máximo de 30 años (incluidas todas sus prórrogas) para las empresas del complejo mar industria alimentaria, salvo los cultivos marinos.
En este contexto, desde la Confederación manifiestan que no puede ocultarse que tras tan limitado plazo de concesión subyace de nuevo la intención de retirada del dominio público marítimo terrestre de cualquier actividad económica y empresarial, aunque esta tenga la imperiosa necesidad de situarse en dicho espacio para garantizar su rentabilidad. A nadie se le escapa que este escaso plazo detraerá o paralizará cualquier inversión en la ampliación o modernización de las empresas ya en funcionamiento en la zona costera y disuadirá cualquier intento de implantación de nuevas empresas del sector mar industria alimentario en nuestra costa; las empresas, por pura lógica, buscarán ubicaciones alternativas en países donde su zona costera se entienda como un sistema complejo donde convive la sostenibilidad medioambiental armónicamente con la social y económica.
Añade que el Ministerio de Transición Ecológica, en base a la necesaria prevención de los efectos sobre la costa del cambio climático, viene desarrollando una estrategia cuya finalidad última es la “renaturalización” de toda la costa española, considerando exclusivamente los aspectos medioambientales y obviando los sociales, económicos y culturales, y sin tener en cuenta los costes socioeconómicos que tal estrategia conlleva. Admitiendo que los efectos del cambio climático sobre la costa son un hecho cierto e indubitable, su magnitud y desarrollo temporal se basan en estimaciones de paneles de expertos y, por lo tanto, se basan en proyecciones a futuro de las que se desconoce, a día de hoy, su nivel de incertidumbre; pese a ello, mediante el Reglamento de Costas, y sobre esta base, se adoptan decisiones de enorme calado social en base a fenómenos costeros adversos en una perspectiva de finales del presente siglo (a 88 años vista).
"Se podrían encontrar mecanismos de salvaguarda en las concesiones otorgadas para el estado español ante una constatación de dichas previsiones futuras que pusieran en riesgo las infraestructuras costeras, que ni siquiera se han querido considerar frente a un redactado restrictivo y contrario a la resiliencia del complejo mar-industria" manifiestan.
"Las asociaciones integrantes de la Confederación manifestamos estar totalmente en desacuerdo con las modificaciones del Reglamento de Costas recientemente aprobado y no nos resignaremos a ver como se va desmantelando progresivamente tanto la actividad productiva como el empleo que nuestras empresas desarrollan en la costa. Para ello intensificaremos los encuentros con las Administraciones y los grupos políticos del espectro parlamentario a los que propondremos la incorporación en sus programas, para las próximas citas electorales, de la elaboración de una nueva Ley de Costas o de una modificación sustancial de la actual, socialmente consensuada y que tenga su línea medular en la gestión integrada de la zona costera de tal forma que a la costa española se la reconozca el estatus de espacio de desarrollo socioeconómico y cultural a la par que un espacio a proteger medioambientalmente; máxime cuando todas las previsiones apuntan a una situación tendente hacia la contracción económica en el corto plazo en la cual la preservación del tejido productivo existente no es ya una necesidad sino una obligación tanto del propio sector económico como de la sociedad en general y de las Administraciones en particular, y para alcanzar este objetivo es imprescindible incrementar los niveles de seguridad jurídica en los que las empresas desarrollan su actividad; sinceramente consideramos que el Real Decreto de modificación del Reglamento de Costas no contribuye a este objetivo sino que agrava la situación anterior a su publicación. Una declaración de intenciones y pensamiento que ha venido alertando la Confederación, plasmada ahora si, en un documento" indican.
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