VeriFactu: CEOPPAN, CEDECARNE y FEDEPESCA piden la exoneración del sistema para las microempresas del comercio de alimentación
FEDEPESCA, CEOPPAN Y CEDECARNE
7 de enero, 2026
También reclaman medidas de ayuda de cara a su entrada en vigor en 2027
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Desde FEDEPESCA, CEOPPAN y CEDECARNE, las patronales nacionales del comercio especializado del pescado, el pan y la carne, valoran positivamente la modificación introducida por el Real Decreto 15/2025, de 2 de diciembre, por la que se amplió el plazo que tienen los contribuyentes para adaptar sus sistemas informáticos de facturación (SIF) al “Reglamento que establece los requisitos que deben cumplir los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soportan los procesos de facturación de empresarios y profesionales” (sistema VeriFactu), fijando su entrada en vigor al día 1 de enero de 2027 para las empresas que presentan Impuesto de Sociedades y al día 1 de julio de 2027 para el resto.
Esta ampliación de plazos supone un alivio sin perder el objetivo de transparencia y control fiscal que persigue la norma, ofreciendo un margen necesario para analizar con mayor profundidad la realidad del tejido empresarial alimentario artesano y tradicional de nuestro país, el cual está formado mayoritariamente por microempresas y autónomos, con recursos humanos, técnicos y económicos muy limitados.
Desde FEDEPESCA, CEOPPAN y CEDECARNE consideran imprescindible que la implantación de VeriFactu tenga en cuenta las singularidades fiscales y operativas del comercio minorista de alimentación, a fin de evitar que la aplicación homogénea de la norma genere efectos desproporcionados que comprometan la viabilidad de miles de establecimientos en toda España.
Hoy en día los comerciantes autónomos de estos sectores alimentarios se han convertido en vulnerables; son personas que han contribuido al desarrollo económico y social de España, que trabajan de media 47 horas a la semana y que en el caso de los autónomos dedicados al comercio de alimentación incluso más por el abastecimiento nocturno; no pueden permitirse acogerse a bajas laborales salvo casos extremos, han sido sometidos a unas exigencias legislativas y regulatorias incompatibles con la gestión de estas pequeñas empresas que suponen según ATA, la asociación de trabajadores autónomos, al menos 200 horas, a costa de sus escasas horas para la conciliación con su vida personal y familiar. Estas exigencias, además, socavan la rentabilidad de sus pequeños negocios y comprometen la posibilidad de poder vivir de su trabajo.
El comercio minorista especializado de alimentación desempeña un papel esencial en la economía de proximidad, la cohesión social y la vida de barrios y municipios. Se trata, en su mayoría, de negocios familiares o microempresas que:
• Realizan fundamentalmente ventas a consumidores finales.
• Operan bajo regímenes fiscales específicos, especialmente el Régimen Especial del Recargo de Equivalencia del IVA.
• Presentan una estructura administrativa mínima y una elevada dependencia del trabajo personal del autónomo titular de la actividad.
En este sentido, existen cuatro puntos que han de ser tenidos en cuenta de cara a la implementación en 2027 del VeriFactu:
1. Venta mediada por báscula: La Agencia Estatal de la Administración Tributaria no ha pensado en los comercios que venden mediando una báscula. En los comercios de alimentación especializada, la venta se realiza habitualmente mediante básculas homologadas integradas con sistemas de TPV. La adaptación de estos equipos a los requisitos VeriFactu implica: inversiones elevadas en hardware y software, sustitución de equipos plenamente operativos y mayor complejidad técnica que en otros sectores minoristas. Este sobrecoste diferencial debería de ser tratado de forma específica.
2. Las micropymes (menos de 10 trabajadores) no pueden asumir esta carga, contando con una capacidad muy limitada para afrontar inversiones tecnológicas significativas en plazos reducidos, especialmente cuando dichas inversiones no generan un retorno directo.
3. Los mayores de 60 años no están preparados ni disponen de un plazo temporal de amortización de su esfuerzo para implementar este cambio.
4. Régimen fiscal del Recargo de Equivalencia: una parte muy significativa del comercio minorista de alimentación está acogida al Régimen Especial del Recargo de Equivalencia del IVA. Estas empresas no presentan autoliquidaciones periódicas de IVA, no deducen el impuesto soportado y en el desarrollo ordinario de su actividad minorista, una parte relevante de las operaciones no exige la expedición de facturas. Si bien pueden existir supuestos puntuales en los que, si deban emitir facturas a empresarios o profesionales, la aportación de este colectivo al control del fraude fiscal es limitada, al desplazarse dicho control a los proveedores mayoristas.
La aplicación indiscriminada de la norma puede tener consecuencias negativas y relevantes que comprometen la continuidad de muchos pequeños negocios dado que existen varios obstáculos para la adaptación de microempresas y pymes, tales como la carencia de conocimiento técnico y fiscal especializado, los elevados costes de software y de hardware (TPV y básculas), la escasa oferta de soluciones sencillas y de bajo coste y la falta de soporte y ayudas.
En este sentido, desde FEDEPESCA, CEOPPAN Y CEDECARNE, se proponen las siguientes medidas para afrontar una implantación proporcionada que compatibiliza los fines de la norma con la realidad del sector del comercio artesano y tradicional de alimentación:
1. Eximir del cumplimiento de VeriFactu a aquellos agentes económicos vulnerables respecto de la implantación de esta norma, es decir:
o A las micropymes (empresas persona física con menos de 10 trabajadores).
o A los empresarios, persona física, mayores de 60 años.
o A las comunidades de bienes con menos de 10 trabajadores y/o cuyos integrantes cumplan el requisito de edad (> 60 años).
o A los empresarios persona física del comercio minorista de alimentación acogidos al Régimen Especial del Recargo de Equivalencia del IVA, que realicen exclusivamente ventas a consumidores finales. Esta exención se fundamenta en criterios fiscales objetivos y en el principio de proporcionalidad, sin menoscabo de los objetivos de control de la Administración.
2. Tratamiento específico para ventas mediadas por báscula: Para aquellos supuestos en los que no resulte aplicable la exclusión anterior, se propone el establecimiento de régimen técnico específico para ventas mediante báscula o una moratoria ampliada hasta que existan soluciones homologadas plenamente operativas y de coste asumible.
3. Una entrada en vigor de la norma escalonada para el resto de las empresas, basada en parámetros objetivos tales como: Régimen fiscal aplicable, volumen de facturación anual y la existencia o no de facturación a empresarios o profesionales.
4. Deducciones fiscales específicas en el IRPF, vinculadas exclusivamente a las inversiones necesarias para la adaptación a VeriFactu.
5. Subvenciones directas para la adquisición y adaptación de software, TPV y básculas.
6. Líneas de financiación bonificada accesibles a microempresas y autónomos.
Estas propuestas buscan garantizar que nadie quede atrás y que la aplicación de VeriFactu sea compatible con la supervivencia de todos los sectores que componen el tejido empresarial español, y especialmente de las microempresas de artesanía alimentaria, garantes de un estilo de vida y de una dieta saludable.
IMPACTO MÍNIMO PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA:
Según datos disponibles de la propia Agencia Tributaria presentados en el último pleno del Observatorio de la Cadena Alimentaria (diciembre de 2025), se muestra que el comercio minorista especializado de alimentación representa un porcentaje reducido del resultado total de la cadena alimentaria (5 %), y que una parte significativa de estos negocios ya opera bajo regímenes simplificados.
Quiere esto decir que exonerar del sistema VeriFactu al comercio mayorista y minorista de alimentación alcanzaría solo el 12 % del resultado de toda la cadena alimentaria, y solo el 5 % para todo el comercio minorista que vende al consumidor final, por lo que la adopción de las medidas propuestas tendría un impacto muy limitado para la Administración Tributaria, al tiempo que evitaría efectos graves sobre la viabilidad del comercio de proximidad.
Según el INE existen en España 62.082 empresas personas físicas de comercio minorista especializado de alimentación, por lo que liberar a este tipo de negocios del VeriFactu, supondría tan solo el 4,77 % de los resultados de toda la cadena alimentaria, y una gran parte de este 4,77 % ya está exonerada por encontrarse acogida al sistema de estimación objetiva (módulos), por lo que la incidencia es todavía menor, prácticamente imperceptible.
Los datos del Directorio Central de Empresas (DIRCE) a 1 de enero de 2025, muestran que el número de empresas persona física de “comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco en establecimientos especializados” sin asalariados es de 27.640. Este tipo de comercios, con 1 ó 2 asalariados, ascienden a 26.962, con entre 3 y 5 asalariados serían 6.705 comercios minoristas de alimentación y 775 son los comercios que cuentan con entre 6 y 9 asalariados. La cifra total de comercios especializados de alimentación con hasta 9 trabajadores es por tanto 62.082, lo que da una idea exacta de la realidad del comercio especializado de alimentación.
Como ya se ha sido expuesto, dado que el régimen obligatorio de IVA para los empresarios (persona física) minoristas es el de Recargo de Equivalencia, bastaría con exonerar del VeriFactu a los autónomos minoristas con actividades de alimentación que se encuentran en esta situación, y se estaría consiguiendo liberar a estos pequeños autónomos de una carga muy complicada y de costoso cumplimiento, además de en muchos casos, evitar su desaparición. Sin embargo, el impacto para la Administración, a la luz de las cifras extraídas de INE y de la Administración Tributaria, sería mínimo.
La implantación de VeriFactu debe realizarse de forma proporcionada y adaptada a la realidad fiscal y operativa del comercio minorista de alimentación. Introducir ajustes basados en criterios objetivos permitirá avanzar en la digitalización y el control fiscal sin poner en riesgo la continuidad de un sector esencial para la economía local, el empleo y la cohesión social.
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