Sophia Charlotte Peschko
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El pasado 6 de junio el Ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 inauguró la Jornada Conmemorativa del 50 Aniversario del Centro Nacional de Alimentación con ocasión del Día Mundial de Seguridad Alimentaria del 7 de junio. En su intervención el ministro mencionó, entre otros, la intención de retomar la tramitación de un reglamento referente al fomento de una alimentación saludable y sostenible en centros educativos de cara al curso 2025-2026.
En concreto, se trata del proyecto de Real Decreto por el que se establecen normas de desarrollo de los artículos 40 y 41 de la Ley 17/2011, de 5 de julio, de Seguridad Alimentaria y Nutrición, para el fomento de una alimentación saludable y sostenible en centros educativos, enmarcado, entre otros, en el Plan Estratégico Nacional para la Reducción de la Obesidad Infantil.
Según el proyecto normativo, con su aprobación se persigue incentivar la alimentación saludable y sostenible por medio de medidas relativas a criterios mínimos a cumplir por los alimentos incorporados en la programación de menús y en la oferta de máquinas expendedoras. Se trataría, en definitiva, del desarrollo de las condiciones que actualmente regula de forma menos extensa la Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición.
Para ello, el proyecto se dirige tanto a centros públicos como privados y concertados con impartición de educación infantil, primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria, bachillerato y ciclos formativos de grado básico o medio. Así, los requisitos nutricionales y de sostenibilidad que se pudieran adoptar deberían incluirse tanto en los pliegos de prescripciones técnicas de los contratos públicos, como de los instrumentos determinantes de la contratación privada.
El 5 % del total de alimentos serían de producción ecológica y al menos el 45 % de las frutas y hortalizas de temporada y de proximidad
Aparte de las cifras concretas que propone el proyecto de Real Decreto, establece que en todo caso los componentes fundamentales de la oferta deben ser las frutas y hortalizas de temporada. Otras reglas que se enuncian y que regirían en los comedores escolares en caso de aprobarse este instrumento se centran en la preferencia de alimentos cuya producción respete el bienestar animal, la reducción de residuos y del desperdicio de comida, la prioridad de técnicas como el horno y el vapor, el uso de aceite de oliva virgen para el aliño de ensaladas o la rebaja del uso de sal.
Con respecto de la programación de menús escolares, el proyecto establece pautas relativas a la frecuencia de consumo recomendado de alimentos integrantes de primeros y segundos platos, guarniciones y postres. En relación con esto, se prevé la elaboración de menús especiales adaptados a alergias e intolerancias, así como alternativas por motivos culturales, éticos y religiosos.
La iniciativa plantea también algunas prohibiciones. En este sentido, se propone la interdicción de la venta de productos con un contenido demasiado alto en componentes como azúcares y ácidos grasos saturados, así como de refrescos que superen el umbral de cafeína sugerido, entre otros.
Para garantizar el cumplimiento de lo estipulado, el proyecto prevé un sistema de controles en el marco del Plan Nacional de Control Oficial de la Cadena Alimentaria y un régimen sancionador para los potenciales incumplimientos. Así, la comisión de infracciones conllevaría la imposición de sanciones de hasta 5.000 euros por infracciones leves y que alcanzarían los 600.000 euros como importe máximo por infracciones muy graves.
En todo caso, a día de hoy se trata todavía de un proyecto normativo y habrá que esperar al contenido final del Real Decreto que, en su caso, se termine aprobando.