Legislación: utilización de determinados materiales fertilizantes procedentes del estiércol
Legalimentaria
10 de febrero, 2026
Avances científicos y técnicos en las técnicas de transformación del estiércol han permitido fabricar fertilizantes denominados «fertilizantes RENURE»
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Se ha publicado la Directiva (UE) 2026/288 de la Comisión, de 9 de febrero de 2026, por la que se modifica la Directiva 91/676/CEE del Consejo en lo que respecta a la utilización de determinados materiales fertilizantes procedentes del estiércol.
Desde la adopción de la Directiva 91/676/CEE, los avances científicos y técnicos en las técnicas de transformación del estiércol han permitido fabricar fertilizantes (denominados «fertilizantes RENURE») que, en determinadas condiciones, actúan como «fertilizantes químicos», tal como se definen en el artículo 2, letra f), de la Directiva.
El Centro Común de Investigación de la Comisión ha evaluado que, en determinadas condiciones, los fertilizantes RENURE tienen un potencial de lixiviación de nitrógeno y una eficiencia agronómica similares a los de los fertilizantes químicos. Por lo tanto, estos materiales reducen el riesgo de pérdida de nitratos en el agua en comparación con el estiércol y, gracias a esta ventaja medioambiental, podrían utilizarse por encima de la cantidad máxima para la aplicación de estiércol establecida en la Directiva 91/676/CEE, garantizando al mismo tiempo la consecución de los objetivos de la Directiva y unos beneficios agronómicos adecuados.
Una aplicación más amplia de fertilizantes orgánicos y nutrientes procedentes de flujos de residuos reciclados podría reforzar la autonomía estratégica abierta y la seguridad alimentaria de la Unión, estableciendo al mismo tiempo normas estrictas de sostenibilidad, en particular en las regiones con baja utilización de fertilizantes orgánicos. El uso de estiércol y estiércol transformado, de conformidad con la Directiva 91/676/CEE, podría reducir la exposición de los agricultores a los precios volátiles de los fertilizantes minerales y cerrar los ciclos de nutrientes. En la Comunicación titulada «Garantizar la disponibilidad y asequibilidad de los fertilizantes» se pedía que se evaluaran nuevas medidas normativas y no normativas encaminadas a permitir un uso más amplio de los nutrientes recuperados del estiércol.
En 2023, la Comisión puso en marcha una evaluación de la Directiva 91/676/CEE con el objetivo de evaluar, entre otras cosas, si dicha Directiva promueve suficientemente el reciclado de nutrientes procedentes de diversas fuentes, incluido el estiércol transformado, y los avances tecnológicos en las tecnologías de transformación del estiércol que dan lugar a fertilizantes RENURE.
Por lo tanto, hasta que finalice la evaluación de la Directiva 91/676/CEE, es necesario proporcionar una solución provisional para que los Estados miembros autoricen a los agricultores a utilizar fertilizantes RENURE por encima de la cantidad establecida en el anexo III, punto 2, en determinadas condiciones.
El uso de fertilizantes RENURE por encima de la cantidad de 170 kg N por hectárea y año procedentes del estiércol animal debe autorizarse con las salvaguardias adecuadas para mejorar la sustitución de los fertilizantes químicos por fertilizantes orgánicos, reducir los costes para los agricultores y reforzar la autonomía estratégica del sector agrícola de la Unión, sin poner en peligro la consecución de los objetivos de la Directiva 91/676/CEE.
Además de las repercusiones en la calidad del agua, las emisiones de nitrógeno procedentes del estiércol y del ganado afectan a la calidad del aire. El uso de fertilizantes RENURE debe ir acompañado de esfuerzos continuos para mitigar los efectos medioambientales globales. Por lo tanto, es necesario disponer de las salvaguardias adecuadas y establecer un límite máximo para el uso de fertilizantes RENURE. Dicho límite debe reflejar las características de los fertilizantes RENURE procedentes de estiércol animal, su utilización y su capacidad de sustitución, así como la experiencia adquirida con la aplicación del anexo III, punto 2.
Deben establecerse criterios de calidad para los fertilizantes RENURE y condiciones de uso para que puedan sustituir a los «fertilizantes químicos» de conformidad con los objetivos de la Directiva 91/676/CEE.
Solo deben incluirse los métodos de transformación que produzcan de forma fiable materiales de calidad coherente con arreglo a criterios específicos. El Centro Común de Investigación de la Comisión ha evaluado criterios para la concentración de nitrógeno mineral y carbono orgánico en dichos materiales y ha probado la fiabilidad de diversos procesos de producción de materiales que cumplen dichos criterios. La evaluación muestra que los siguientes métodos de transformación pueden producir materiales de calidad coherente con arreglo a dichos criterios: extracción y lavado del amoníaco para producir sales de amonio, aplicación de ósmosis inversa para producir concentrados minerales y sales fosfatadas ricas en nitrógeno (estruvita) precipitadas a partir del estiércol. Por lo tanto, deben establecerse los procesos necesarios para la producción de fertilizantes RENURE que presenten la calidad necesaria para garantizar una sustitución fiable de los fertilizantes químicos.
Para asegurar la aplicación segura de los fertilizantes RENURE a las tierras, debe exigirse a los Estados miembros que apliquen normas de calidad estrictas, incluidos límites seguros para los contaminantes y patógenos pertinentes, de conformidad con la legislación nacional y de la Unión pertinente. Por consiguiente, deben establecerse valores límite máximos, en particular en lo que se refiere a la presencia de cobre, cinc y microorganismos.
El Reglamento Delegado (UE) 2023/1605 de la Comisión define los puntos finales de la cadena de fabricación de algunos abonos orgánicos de conformidad con el Reglamento (CE) nº 1069/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, incluido el estiércol transformado, más allá de los cuales el estiércol transformado deja de estar sujeto a los requisitos del Reglamento (CE) nº 1069/2009 para convertirse o formar parte de los productos fertilizantes UE a que se refiere el Reglamento (UE) 2019/1009 del Parlamento Europeo y del Consejo. El estiércol distinto del contemplado en el Reglamento Delegado (UE) 2023/1605 sigue estando sujeto a los requisitos del Reglamento (CE) nº 1069/2009.
Los Estados miembros deben establecer requisitos para las instalaciones que produzcan fertilizantes RENURE a fin de garantizar un contenido coherente de nutrientes de conformidad con los criterios establecidos en la Directiva 91/676/CEE. Para facilitar su aplicación a las tierras en consonancia con las necesidades de los cultivos, los fertilizantes RENURE deben ir acompañados de información adecuada sobre su contenido en nutrientes.
El Centro Común de Investigación de la Comisión evaluó las repercusiones medioambientales y sanitarias y propuso criterios para el uso de fertilizantes RENURE con la condición y el supuesto de que la cantidad total de estiércol producido en la Unión, el número de unidades de ganado y la carga ganadera no aumentarían.
Para más información sobre la legislación alimentaria europea, nacional y autonómica, puede consultar la web de Legalimentaria.
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