La Comisión Europea ha propuesto un nuevo instrumento para contrarrestar el uso de la coerción económica por parte de terceros países. Este instrumento jurídico es una respuesta a la presión económica deliberada de la que la UE y sus Estados miembros han sido objeto en los últimos años. Se reforzará así el actual conjunto de instrumentos de la UE, permitiéndole defenderse mejor en el escenario internacional.
El objetivo es disuadir a terceros países de restringir o amenazar con restringir el comercio o la inversión para provocar cambios en la política de la UE en ámbitos como el cambio climático, la fiscalidad o la seguridad alimentaria. El instrumento de lucha contra la coerción está diseñado para frenar la escalada de medidas coercitivas específicas e inducir su suspensión, recurriendo al diálogo como primer paso.
Las contramedidas adoptadas por la UE se aplicarían únicamente como último recurso cuando no existiera otra manera de hacer frente a las prácticas de intimidación económica, que pueden adoptar muchas formas: desde instrumentos de coerción y defensa comercial explícitos utilizados por otros países contra la UE, hasta controles selectivos fronterizos o de seguridad alimentaria de las mercancías procedentes de un cierto país de la UE, pasando por el boicot a los productos de un determinado origen. Se busca así preservar el derecho legítimo de la UE y los Estados miembros a adoptar estrategias y decisiones políticas, así como evitar injerencias graves en la soberanía de la UE o de sus Estados miembros.
Valdis Dombrovskis, vicepresidente ejecutivo de la Comisión y comisario de Comercio, ha declarado:«En el actual momento de aumento de las tensiones geopolíticas, el comercio se usa cada vez más como arma de coerción y tanto la UE como sus Estados miembros se han convertido en blanco de intimidación económica. Necesitamos los instrumentos adecuados para responder. Con esta propuesta transmitimos un mensaje claro: la UE se mantendrá firme en la defensa de sus intereses. El principal objetivo del instrumento de lucha contra la coerción es servir de medida disuasoria, pero a partir de ahora dispondremos de más herramientas en caso de vernos obligados a actuar. Este instrumento nos permitirá responder a los retos geopolíticos de las próximas décadas, manteniendo a Europa fuerte y ágil».
Con este nuevo instrumento, la UE podrá responder a las acciones de coerción económica de manera estructurada y uniforme, dentro de un marco legislativo específico que garantiza la previsibilidad y la transparencia y pone de relieve la adhesión de la UE a un enfoque basado en normas, también a nivel internacional.
La UE intervendrá directamente ante el país que corresponda para poner fin a la intimidación económica. Si la intimidación económica no cesa de inmediato, el nuevo instrumento permitirá a la UE reaccionar con rapidez y eficacia, ofreciendo una respuesta adaptada y proporcional a cada situación, que puede ir desde la imposición de aranceles y restricciones a las importaciones procedentes del país en cuestión, hasta las restricciones a los servicios o las inversiones, pasando por medidas para limitar el acceso del país al mercado interior de la UE.
La propuesta de la Comisión responde a las peticiones del Parlamento Europeo y de varios Estados miembros, plasmadas en la declaración conjunta de la Comisión, el Consejo y el Parlamento Europeo relativa a un instrumento para disuadir y contrarrestar las acciones coercitivas por parte de terceros países, presentada en febrero de 2021. Esta declaración se elaboró tras una consulta pública en profundidad a escala de la UE, que incluía una evaluación de impacto y en la que las partes interesadas, particularmente las empresas, las asociaciones industriales y los grupos de reflexión, reconocieron ampliamente el problema que suponen la intimidación económica y la coerción contra los intereses de la UE y apoyaron la creación de un instrumento disuasorio a escala de la UE.
La propuesta debe ahora ser debatida y aprobada por el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea. Se estudiará en el marco del procedimiento legislativo ordinario, en virtud del cual el Parlamento y el Consejo desarrollarán sus posiciones internamente antes de negociarlas en diálogos tripartitos, con el apoyo de la Comisión.