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La Comisión Europea acaba de aprobar un régimen español de 10.000 millones de euros para ayudar a las empresas de todos los sectores en el contexto de la guerra de Ucrania. El régimen se aprobó con arreglo al Marco temporal de crisis sobre ayudas estatales, adoptado por el ejecutivo comunitario el pasado 23 de marzo, sobre la base del artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la UE (TFUE), reconociendo que la economía de la Unión Europea está experimentando una grave perturbación.
Medida española
España notificó a la Comisión su intención de aportar esta cuantía de dinero como apoyo para las empresas, perjudicadas directas de esta situación. La medida estará abierta a empresas activas en todos los sectores afectados por la crisis, excepto a entidades financieras y de crédito. Los beneficiarios elegibles tendrán derecho a recibir cantidades limitadas de ayuda y apoyo de liquidez en forma de garantías sobre préstamos.
Antes de dar el visto bueno, la Comisión constató que el régimen español está en consonancia con las condiciones establecidas en el marco temporal de crisis. En particular, en relación con los importes limitados de las ayudas, los importes no superarán los 35.000 euros por empresa activa en los sectores de la agricultura, la pesca y la acuicultura, y tampoco subirán de los 400.000 por empresa activa en todos los demás sectores; las garantías se concederán como muy tarde el 31 de diciembre.
En relación con el apoyo a la liquidez, el vencimiento de las garantías no puede exceder de ocho años, las primas de garantía respetan los niveles mínimos (modulados para reflejar la cobertura de la garantía y la duración de los préstamos garantizados) establecidos en el marco temporal de crisis, y las garantías se concederán como muy tarde el 31 de diciembre de 2022.
Además, la ayuda pública estará sujeta a condiciones para limitar las distorsiones indebidas de la competencia, incluidas las salvaguardias destinadas a garantizar que las ventajas de la medida se transfieran en la mayor medida posible a los beneficiarios finales a través de los intermediarios financieros.
La Comisión concluyó que el régimen español es necesario, adecuado y proporcionado para remediar una perturbación grave de la economía de un Estado miembro, de conformidad con el artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE y las condiciones establecidas en el marco temporal de crisis.
Sobre esta base, la Comisión aprobó la medida de ayuda con arreglo a las normas de la UE sobre ayudas estatales.
Contexto
El pasado 23 de marzo, la Comisión adoptó el “Marco temporal de crisis sobre ayudas estatales” para permitir a los Estados miembros utilizar la flexibilidad prevista en las normas sobre ayudas estatales para apoyar la economía en el contexto de la invasión rusa de Ucrania.
El marco temporal de crisis prevé que los Estados miembros puedan conceder los siguientes tipos de ayuda:
Importes limitados de ayuda, en cualquier forma, de hasta 35.000 euros para las empresas afectadas por la crisis activa en los sectores de la agricultura, la pesca y la acuicultura, y de hasta 400.000 euros por empresa afectada por la crisis activa en todos los demás sectores; apoyo a la liquidez en forma de garantías estatales y préstamos subvencionados, y ayudas para compensar los altos precios de la energía. La ayuda, que puede concederse en cualquier forma, compensará parcialmente a las empresas, en particular a los usuarios intensivos de energía, por los costes adicionales debidos a los aumentos excepcionales de los precios del gas y la electricidad. La ayuda global por beneficiario no puede superar el 30% de los costes subvencionables, hasta un máximo de 2 millones de euros en un momento dado.
Cuando la empresa incurre en pérdidas de explotación, pueden ser necesarias nuevas ayudas para garantizar la continuación de una actividad económica. Por lo tanto, para los usuarios que consumen mucha energía, las cantidades de ayuda son más altas y los Estados miembros pueden conceder subvenciones que superen estos límites máximos, hasta 25 millones de euros, y para las empresas activas en sectores y subsectores especialmente afectados, hasta 50 millones de euros.
Salvaguardias del Marco temporal de crisis
Como salvaguardias del Marco temporal de crisis, encontramos, por un lado, una metodología proporcional, que exige un vínculo entre el importe de la ayuda que puede concederse a las empresas y la magnitud de su actividad económica y la exposición a los efectos económicos de la crisis; y, por el otro, condiciones de elegibilidad, por ejemplo, definiendo a los usuarios intensivos en energía como empresas para las que la compra de productos energéticos asciende al menos al 3% de su valor de producción.
El Marco temporal de crisis estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2022. Con el fin de garantizar la seguridad jurídica, la Comisión evaluará antes de esa fecha si es necesario prorrogarla.
Además, durante su período de aplicación, la Comisión revisará el contenido y el alcance del Marco a la luz de la evolución de los mercados de la energía, otros mercados de insumos y la situación económica general.
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