Disponibles los contratos tipo homologados de compra/venta de uva y vino
Interprofesional del Vino de España
30 de julio, 2021
Tienen carácter plurianual, ofreciendo la posibilidad de ampliar su vigencia hasta por tres campañas
Esto Le Interesa
Desde Bruselas: normas contra las prácticas comerciales desleales
José Donoso: "La agrovoltaica: alianza de agricultura y energía solar"
Desde Bruselas: Recomendaciones para el futuro del sector vitivinícola
La Organización Interprofesional del vino de España pone a disposición de todos los operadores para las tres próximas campañas por un lado, el contrato tipo homologado de compraventa de uva con destino a su transformación en vino y, por otro, el contrato tipo homologado de vino.
Dichos contratos son de carácter voluntario y su objetivo es mejorar el funcionamiento de las transacciones en el sector vitivinícola. Ambos modelos recogen todas las tipologías y orígenes (con o sin DOP/IGP) tanto en el caso del contrato de uva como de vino. Este año, como novedad, los contratos tendrán carácter plurianual, ofreciendo así la posibilidad de ampliar su vigencia para las tres próximas campañas (2021-22/ 2022-23/2023-24) y traer mayor estabilidad a los operadores y al conjunto del sector. Los contratos permiten también estipular libremente a las partes los criterios de calidad exigidos al producto que conformarán el precio y recogen todos los aspectos exigibles en la legislación vigente en materia de contratación agroalimentaria.
Ventajas contratos tipo homologados
Con estos nuevos modelos reconocidos por el Ministerio de Agricultura a través de las Ordenes APA/804/2021 y APA/805/2021, la Interprofesional del Vino de España busca facilitar y ordenar las transacciones entre los actores de la cadena de valor del vino por lo que a pesar de ser voluntarios, desde OIVE recomiendan su uso.
El contrato-tipo homologado se diferencia de otros contratos mercantiles privados en que contiene una cláusula de control, seguimiento y vigilancia del cumplimiento del mismo, cuya tarea recae sobre la Comisión de Seguimiento de Contratos constituida a tal efecto en el seno de OIVE. Es por ello que los operadores que se acojan a este tipo de contrato dispondrán de un mecanismo para la resolución de discrepancias entre las partes.
Los contratos tipo son una práctica extendida en el ámbito agroalimentario y actualmente sectores como el de los cítricos o forrajes tienen contratos homologados vigentes. El fomento de su empleo, además, permitirá la obtención de valiosa información agregada sobre las transacciones acogidas a esta modalidad, que contribuirá a una mejor información en el sector.
Más información y descarga contratos en http://www.interprofesionaldelvino.es/contratos/
Más noticias de Agricultura
Destacadas
Legislación: se aplaza la aplicación del Reglamento de Deforestación
Antonio Mora: “Aceituna de mesa, ingrediente perfecto para cuidarnos”
Te Recomendamos
Suscripción a 10 números consecutivos de la Revista Alimentaria desde la fecha de la suscripción
Más informaciónLegalimentaria
Base de datos de legislación alimentaria europea, española y comunidades autonómicas