Granado

Legislación: medidas urgentes para la erradicación y control de la plaga de cuarentena Scirtothrips aurantii Faure en la Comunitat Valenciana

Legalimentaria

9 de julio, 2024

En mayo de 2024 se recibe aviso sobre la aparición de síntomas compatibles con daños producidos por trips en varios puntos de la provincia de Valencia



Se ha publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana la Resolución, de 27 de junio de 2024, de la Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera, por la que se declara la presencia de la plaga de cuarentena denominada Scirtothrips aurantii Faure y se adoptan medidas urgentes para su erradicación y control en la Comunitat Valenciana.

Scirtothrips aurantii es un insecto del orden de los tisanópteros, familia Thripidae. Se han realizado detecciones de esta especie en los siguientes países de África: Angola, Cabo Verde, Egipto, Etiopía, Ghana, Kenia, Malawi, Mauricio, Nigeria, Reunión, Suazilandia, Sudáfrica, Sudán, Tanzania, Uganda y Zimbabue (EPPO, 2020). Esta especie de trips también está presente en Yemen y en Australia (Mound et al., 2019; EFSA PLH, 2018; EPPO, 2020).

Esta plaga fue detectada por primera vez en España en noviembre de 2020 en varios municipios de la provincia de Huelva (Andalucía), lo que supuso la primera detección a nivel europeo.

En mayo de 2024 se recibe aviso en el servicio de sanidad vegetal sobre la aparición de síntomas compatibles con daños producidos por trips en frutos de granado, caqui, cítricos y uva de mesa, en las comarcas de la Vega Baja y del Baix Vinalopó, en la provincia de Alicante, y las comarcas de La Safor y la Ribera Alta, en la provincia de Valencia. Consecuencia de estos avisos, técnicos del servicio de sanidad vegetal procedieron a visitar las parcelas con indicios de la presencia de esta plaga y del resultado de estas actuaciones se confirma la presencia de la plaga en estos cultivos de la Comunitat Valenciana.

Scirtothrips aurantii está regulada en la UE. Es una plaga recogida en la lista A1 de EPPO (EPPO, 2020). Figura en el anexo II parte A del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/2072, como plaga cuarentenaria de cuya presencia no se tiene constancia en el territorio de la Unión.

S. aurantii se alimenta de frutos y hojas lo que deriva en un severo daño celular en los tejidos atacados, dando lugar a deformaciones en hojas y frutos. Los daños en hojas afectan a la actividad fotosintética de la planta, pero las repercusiones más severas van asociadas a los ataques a los frutos, pudiendo dar lugar a la pérdida de la cosecha por su caída o por la depreciación cualitativa de los mismos.

En esta Resolución se establecen las zonas demarcadas donde se halla presente el organismo nocivo:

Se considerará como zona demarcada el área resultante de sumar la zona infestada más la zona tampón.

Declarar como infestadas por Scirtothrips aurantii Faure las parcelas relacionadas en el Anejo II de la presente resolución.

Establecer como zona tampón todos los recintos SIGPAC que se encuentren total o parcialmente a menos de 100 m de la zona infestada.

La actualización de la información referente a los recintos que conforman la zona demarcada estará disponible en la página web de la Conselleria de Agricultura, Ganadería y Pesca: https://portalagrari.gva.es/es/agricultura/plagas-con-medidas-especiales-de-control.

Asimismo, se establecen diversas medidas fitosanitarias obligatorias en las zonas infestadas y en las zonas tampón.

Para el resto del territorio de la Comunitat Valenciana, no afectado por la zona demarcada de la plaga, se establecen las siguientes obligaciones tanto para los titulares de las parcelas como para los operadores profesionales de vegetales con especies hospedantes:

a) Realización de prospecciones al objeto de determinar la presencia del organismo nocivo Scirtothrips aurantii.
b) Ante la existencia de indicios que puedan suponer la presencia de la plaga o cuando aparezcan los síntomas de la misma en los vegetales de su propiedad habrán de comunicar estas circunstancias al Servicio de Sanidad Vegetal.


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