Legislación: se autoriza la comercialización de proteína parcialmente hidrolizada de bagazo de cebada y de arroz como nuevo alimento
Legalimentaria
26 de diciembre, 2023
Dado que la cebada puede causar alergias o intolerancias, los alimentos que contengan el nuevo alimento deben etiquetarse debidamente
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Se ha publicado el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2851 de la Comisión de 20 de diciembre de 2023 por el que se autoriza la comercialización de proteína parcialmente hidrolizada de bagazo de cebada (Hordeum vulgare) y de arroz (Oryza sativa) como nuevo alimento y se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470
El 20 de noviembre de 2020, la empresa Evergrain LLC («el solicitante») presentó a la Comisión, de conformidad con el artículo 10, apartado 1, del Reglamento (UE) 2015/2283, una solicitud de autorización para comercializar en la Unión proteína parcialmente hidrolizada de bagazo de cebada (Hordeum vulgare) y de arroz (Oryza sativa) como nuevo alimento. El solicitante pidió que la proteína parcialmente hidrolizada de bagazo de cebada (Hordeum vulgare) y de arroz (Oryza sativa) pudiera utilizarse en varios alimentos destinados a la población en general.
El 20 de noviembre de 2020, el solicitante pidió también a la Comisión la protección de determinados datos sujetos a derechos de propiedad: informe sobre la calidad de las proteínas del nuevo alimento, información sobre la inactivación de la enzima en el nuevo alimento, información sobre la ausencia de potencial toxinógeno en el preparado enzimático, información sobre la ausencia de micotoxinas y otros metabolitos secundarios producidos por Aspergillus niger en el preparado enzimático, datos sobre composición (certificados de análisis de los lotes del nuevo alimento) y el informe sobre el estudio de estabilidad.
El 10 de junio de 2021, la Comisión solicitó a la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) que llevara a cabo una evaluación de la proteína parcialmente hidrolizada de bagazo de cebada (Hordeum vulgare) y de arroz (Oryza sativa) como nuevo alimento.
El 24 de mayo de 2023, la Autoridad adoptó su dictamen científico sobre la seguridad de la proteína parcialmente hidrolizada de bagazo de cebada (Hordeum vulgare) y de arroz (Oryza sativa) como nuevo alimento con arreglo al Reglamento (UE) 2015/2283, de conformidad con el artículo 11 del Reglamento (UE) 2015/2283.
En su dictamen científico, la Autoridad concluyó que el nuevo alimento proteína parcialmente hidrolizada de bagazo de cebada (Hordeum vulgare) y de arroz (Oryza sativa) es seguro en las condiciones de uso propuestas. Por tanto, ese dictamen científico proporciona motivos suficientes para establecer que la proteína parcialmente hidrolizada de bagazo de cebada (Hordeum vulgare) y de arroz (Oryza sativa), si se utiliza en las condiciones de uso propuestas, cumple los requisitos para su comercialización de conformidad con el artículo 12, apartado 1, del Reglamento (UE) 2015/2283.
Dado que la fuente del nuevo alimento procede de la cebada (Hordeum vulgare), que figura en el anexo II del Reglamento (UE) n.o 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo entre las sustancias o productos que pueden causar alergias o intolerancias, los alimentos que contengan el nuevo alimento deben etiquetarse debidamente de acuerdo con los requisitos del artículo 21 de dicho Reglamento.
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