Legislación: Extensión del acuerdo de la Asociación Interprofesional del Porcino de Capa Blanca al conjunto del sector
Legalimentaria
13 de agosto, 2024
Se aprueba durante el periodo comprendido entre el 18 de noviembre de 2024 hasta el 17 de noviembre de 2028
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Se ha publicado la Orden APA/861/2024, de 7 de agosto, por la que se extiende el acuerdo de la Asociación Interprofesional del Porcino de Capa Blanca, Interporc, al conjunto del sector y se fija la aportación económica obligatoria, para el apoyo a la producción ganadera, a la actividad comercializadora, a la defensa de la imagen y reputación sectorial, al área ciencia y salud y a la sostenibilidad integral, durante las campañas 2024/2025, 2025/2026, 2026/2027 y 2027/2028.
El artículo 8 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias, establece que, adoptado un acuerdo en el seno de una organización interprofesional agroalimentaria, relativo a actividades relacionadas con las finalidades definidas en el artículo 3 de dicha ley que cuenten con un determinado nivel de respaldo, podrán extenderse al conjunto de productores y operadores del sector o producto.
La Asociación Interprofesional del Porcino de Capa Blanca, Interporc aprobó por unanimidad, en su Asamblea General Extraordinaria de 28 de febrero de 2024, el acuerdo objeto de la presente extensión de normas, cumpliendo las exigencias de representatividad y respaldo establecidas en el artículo 8.2 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, dado que tanto los porcentajes de representatividad acreditados por la organización interprofesional en el momento de su reconocimiento, como los reflejados en el expediente de solicitud, de acuerdo con los últimos datos que la interprofesional ha suministrado, superan los mínimos exigidos.
Se aprueba la extensión del acuerdo de la Asociación Interprofesional del Porcino de Capa Blanca, Interporc al conjunto del sector para el apoyo a la producción ganadera, a la actividad comercializadora, a la defensa de la imagen y reputación sectorial, al área ciencia y salud y a la sostenibilidad integral con el establecimiento de una aportación económica obligatoria y que producirá un efecto económico positivo de incremento de la demanda, beneficiando por igual a los agentes económicos integrados en la organización interprofesional y a los que no pertenecen a esta.
La «aportación económica de producción» será de 0,055 euros por cada cerdo adulto vivo de capa blanca criado en España y entregado a un matadero situado en territorio español para su sacrificio.
La «aportación económica de sacrificio y comercialización» será de 0,055 euros por cada cerdo adulto vivo de capa blanca sacrificado en un matadero situado en territorio español o canal importada.
Se aprueba la extensión de normas y la aportación económica obligatoria para cuatro campañas, durante el periodo comprendido entre el 18 de noviembre de 2024 hasta el 17 de noviembre de 2028.
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