Ganado ecológico

Legislación: uso de piensos proteicos no ecológicos en la producción de ganado ecológico como consecuencia de la invasión rusa de Ucrania

Legalimentaria

6 de septiembre, 2022

Ucrania era uno de los principales suministradores de piensos ecológicos para los porcinos y aves de corral de cría ecológica en varios países



Se ha publicado el Reglamento Delegado (UE) 2022/1450 de la Comisión, de 27 de junio de 2022, por el que se completa el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo en cuanto al uso de piensos proteicos no ecológicos en la producción de ganado ecológico como consecuencia de la invasión rusa de Ucrania.

Desde la invasión rusa de Ucrania del 24 de febrero de 2022 el abastecimiento de piensos proteicos ecológicos a varios Estados miembros se ha visto gravemente alterado, ya que Ucrania era uno de los principales suministradores de dichos piensos para los porcinos y aves de corral de cría ecológica en dichos Estados miembros.

La falta de disponibilidad de piensos proteicos ecológicos en aquellos Estados miembros amenaza la continuidad de la producción ecológica de porcinos y aves de corral de mayor edad, a los que no aplican las excepciones establecidas en el anexo II, parte II, punto 1.9.3.1, letra c), y punto 1.9.4.2, letra c), del Reglamento (UE) 2018/848, que permiten alimentar al ganado joven con piensos proteicos no ecológicos hasta un 5%.

Procede, por lo tanto, permitir a los Estados miembros que, en virtud del artículo 1, apartado 1, del Reglamento Delegado (UE) 2020/2146 de la Comisión(2), hayan reconocido esta situación como circunstancias catastróficas que establezcan una excepción temporal a la obligación de alimentar al ganado ecológico con piensos ecológicos o en conversión establecida en el anexo II, parte II, punto 1.4.1, letra b), del Reglamento (UE) 2018/848, ampliando a las categorías de porcinos y aves de corral de mayor edad las excepciones establecidas en el anexo II, parte II, puntos 1.9.3.1, letra c), y 1.9.4.2, letra c), del Reglamento (UE) 2018/848.

El presente Reglamento debe aplicarse de forma retroactiva desde el 24 de febrero de 2022, cuando comenzó la agresión militar rusa contra Ucrania.


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