Legislación: se establece el Plan de vigilancia y control de la fiebre Q en Castilla-La Mancha
Legalimentaria
12 de noviembre, 2024
Aunque la fiebre Q afecta a un elevado número de especies animales, se considera que el ganado es la principal fuente de infección para humanos
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Se ha publicado la Resolución de 30/10/2024, de la Dirección General de Ordenación Agropecuaria, por la que se establece el Plan de vigilancia y control de la fiebre Q en Castilla-La Mancha.
La fiebre Q es una enfermedad distribuida a nivel mundial, incluida en la lista única de la Organización Mundial de Sanidad Animal y una de las zoonosis más extendidas en todo el mundo. Sin embargo, esta enfermedad no cuenta con un programa oficial de vigilancia y control armonizado a nivel europeo. La enfermedad está incluida dentro de la categoría E del Reglamento de ejecución (UE) 2018/1882 (siendo necesario que la UE ejerza vigilancia) para las especies Bison spp., Bos spp., Bubalus spp., Ovis spp. y Capra spp.
Su agente causal es Coxiella burnetii (C. burnetii), una bacteria gram negativa intracelular estricta, con un gran poder infectivo, ubicua, muy resistente al calor y a la desecación, con un amplio abanico de reservorios naturales, incluyendo mamíferos, aves, reptiles y artrópodos. Además, puede infectar a diversas especies, siendo los rumiantes domésticos, sobre todo el caprino y el ovino, las principales fuentes de infección en personas ocasionando abortos y muertes perinatales, causada por Coxiella burnetti.
Es una zoonosis ocupacional, es decir, una enfermedad que se transmite de animales a humanos, afectando principalmente a determinados grupos que trabajan en contacto directo con animales (ganaderos, veterinarios, empleados de mataderos…).
Aunque la fiebre Q afecta a un elevado número de especies animales, tanto domésticas como silvestres, se considera que el ganado es la principal fuente de infección para humanos. Así, en ejercicio de las competencias que atribuye a la Dirección General de Ordenación Agropecuaria en materia de sanidad animal, el Decreto 107/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Rural, se ha resuelto establecer un Plan de control de Fiebre Q en Castilla-La Mancha, para establecer acciones que permitan reducir la prevalencia de la fiebre Q en rumiantes domésticos, y por ende la reducción del riesgo de aparición de brotes en la población.
Para ello, se establecerán iniciativas dirigidas al seguimiento de la enfermedad en la cabaña bovina, ovina y caprina de Castilla-La Mancha, con la implementación de medidas para disminuir el riesgo en las explotaciones ganaderas y, por último, a la formación y sensibilización del personal en contacto con los animales.
Para el sistema de vigilancia en explotaciones se establece una vigilancia pasiva, cuando se declaren abortos, se investigará sistemáticamente la presencia de C. burnetii, mediante el muestreo indicado en el punto 5 en el caso de:
- En pequeños rumiantes, si hay más de tres abortos de origen desconocido en un período menor o igual a 7 días.
- En ganado vacuno, si hay dos o más abortos de origen desconocido en un mes.
- Al iniciar el diagnóstico de fiebre Q siempre se habrá descartado previamente brucelosis.
Se establecerá una vigilancia activa, en explotaciones sin sintomatología que pueda estar relacionada con casos humanos o con estudios de prevalencia.
La Resolución también establece las medidas de diagnóstico necesarias, tanto en el caso de vigilancia pasiva (el diagnóstico de la fiebre Q está basado en la sintomatología y el uso de diversas técnicas de laboratorio), como en el caso de vigilancia activa.
Se define la denominación de los rebaños: en función de la sintomatología observada en los rebaños y de los resultados obtenidos en los análisis laboratoriales, los rebaños pueden ser rebaño positivo, negativo o dudoso. Se define el Plan de Control y Protocolo de Actuación para cada uno de estos rebaños, así como las medidas de Manejo y Bioseguridad a adoptar.
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