Carabao

Legislación: se establecen medidas de emergencia provisionales en relación con la fiebre aftosa en Alemania

Legalimentaria

14 de enero, 2025

Se ha producido un brote de esta enfermedad en un establecimiento que tiene carabaos en el Estado federado alemán de Brandemburgo



Se ha publicado la Decisión de Ejecución (UE) 2025/87 de la Comisión, de 13 de enero de 2025, relativa a determinadas medidas de emergencia provisionales en relación con la fiebre aftosa en Alemania.

La fiebre aftosa es una enfermedad vírica infecciosa que afecta a los mamíferos pertenecientes al orden de los artiodáctilos y que puede tener graves repercusiones en la población animal afectada y en la rentabilidad de la ganadería, al perturbar los desplazamientos de las partidas de esos animales y sus productos dentro de la Unión, así como las exportaciones a terceros países.

En caso de brote de fiebre aftosa en mamíferos del orden de los artiodáctilos, existe un riesgo grave de propagación de dicha enfermedad a otros establecimientos que tengan animales sensibles.

Alemania ha informado a la Comisión de la situación actual de la fiebre aftosa en su territorio, a raíz de un brote de esta enfermedad en un establecimiento que tiene carabaos en el Estado federado alemán de Brandemburgo confirmado el 10 de enero de 2025 y, de conformidad con el Reglamento Delegado (UE) 2020/687, ha establecido una zona restringida, que comprende zonas de protección y vigilancia, en la que se aplican las medidas generales de control de enfermedades establecidas en ese Reglamento Delegado, a fin de evitar que siga propagándose dicha enfermedad.

Para prevenir cualquier perturbación innecesaria del comercio interior de la Unión y evitar obstáculos injustificados al comercio por parte de terceros países, es necesario determinar rápidamente, a escala de la Unión, la zona restringida, que incluye zonas de protección y vigilancia, con respecto a la fiebre aftosa en Brandemburgo, en Alemania.

Por consiguiente, deben establecerse en el anexo de la presente Decisión las áreas identificadas como zonas de protección y vigilancia en Brandemburgo, en Alemania, y debe fijarse la duración de esta regionalización.

Dada la urgencia que se deriva de la situación epidemiológica en Alemania en lo que respecta a la propagación de la fiebre aftosa, y teniendo en cuenta la necesidad de evitar que la enfermedad se propague desde el establecimiento afectado de Alemania a otras partes de ese Estado miembro o a otros Estados miembros, conviene que las medidas establecidas en la presente Decisión de Ejecución se apliquen lo antes posible.


Y para estar al tanto de todas las modificaciones legislativas del sector alimentario, descubre la plataforma que recopila y consolida toda la normativa vigente a nivel europeo, nacional y autonómico siguiendo este enlace.



Puedes seguirnos


Te Recomendamos


Suscríbete a nuestra revista

Suscripción a 10 números consecutivos de la Revista Alimentaria desde la fecha de la suscripción

portada revista alimentaria Más información

Aviso de Cookies

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar la experiencia del usuario a través de su navegación. Si continúas navegando aceptas su uso.Política de Cookies.



Saber más