Legislación: trazabilidad de animales en cautividad
Legalimentaria
31 de marzo, 2021
Esto Le Interesa
Seguridad y eficiencia en salas limpias gracias a conductos textiles
ICEX y FATE impulsarán el sector Foodtech español
Luis Planas: “Queremos dar valor a los alimentos y a los productores”
Se ha publicado el REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2021/520 DE LA COMISIÓN de 24 de marzo de 2021 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la trazabilidad de determinados animales terrestres en cautividad
Los artículos 112, 113 y 114 del Reglamento (UE) 2016/429 establecen la obligación de que los operadores que tengan animales de las especies bovina, ovina, caprina y porcina en cautividad transmitan la informacion relativa a sus animales a las bases de datos informáticas establecidas de conformidad con el artículo 109, apartado 1, de dicho Reglamento. Para garantizar que todas las actualizaciones se transmiten con regularidad a dichas bases de datos, es necesario especificar en el presente Reglamento los plazos para transmitir dicha información.
Además, la información transmitida por los operadores de los bovinos, ovinos, caprinos y porcinos en cautividad debe ser accesible para ellos por lo que se refiere a sus animales y sus establecimientos después de la transmisión.
Por lo tanto, deben establecerse en el presente Reglamento normas para un acceso uniforme a los datos contenidos en las bases de datos informáticas establecidas de conformidad con el artículo 109, apartado 1, del Reglamento (UE) 2016/429.
A fin de garantizar una aplicación uniforme de la identificación y la trazabilidad en toda la Unión, deben establecerse en el presente Reglamento los plazos para dotar a los bovinos, ovinos, caprinos, porcinos, camélidos, cérvidos y psitácidas en cautividad de los medios de identificación correspondientes.
La retirada, la modificación y la sustitución de los medios de identificación son operaciones que podrían poner en peligro la trazabilidad. Por lo tanto, estas operaciones solo deben llevarse a cabo una vez que la autoridad competente haya autorizado a los operadores para ello.
Y para estar al tanto de todas las modificaciones legislativas del sector alimentario, descubre la plataforma que recopila y consolida toda la normativa vigente a nivel europeo, nacional y autonómico siguiendo este enlace.
Infórmate aquí sobre cómo puedes suscribirte y enterarte de todo.
Quizá te interese ver estas noticias relacionadas:
Legislación: Pesca continental de Galicia
Legislación: Calidad de las aguas destinadas al consumo humano
Más noticias de Legislación
Destacadas
Piden a la Comisión que cofinancie la vacunación contra la lengua azul
Legislación: se regula la pesca de túnidos tropicales en océano Índico
Te Recomendamos
Suscripción a 10 números consecutivos de la Revista Alimentaria desde la fecha de la suscripción
Más informaciónLegalimentaria
Base de datos de legislación alimentaria europea, española y comunidades autonómicas