Legislación: protección de las aguas contra la contaminación difusa producida por los nitratos
Legalimentaria
26 de enero, 2022
Este Real Decreto actualiza la transposición a nuestro ordenamiento de la Directiva 91/676/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1991
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Se ha publicado el Real Decreto 47/2022, de 18 de enero, sobre protección de las aguas contra la contaminación difusa producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias.
La contaminación de origen difuso de las masas de agua superficial y subterránea es un problema muy extendido en la mayor parte de las cuencas españolas. En particular, este hecho se pone de manifiesto por las elevadas concentraciones de nitratos que se registran en determinadas masas de agua, consecuencia de los excedentes de productos inorgánicos u orgánicos usados como fertilizantes. Este hecho es especialmente preocupante cuando alcanza a aguas que se destinan o vayan a destinarse al abastecimiento de la población, reguladas por la Directiva 2020/2184, de 16 de diciembre, relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano.
Mediante el presente real decreto se actualiza la transposición a nuestro ordenamiento de la Directiva 91/676/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1991.
Entre las modificaciones más relevantes que se introducen con esta norma destaca la de identificar como aguas afectadas aquellas que por su contaminación por nitratos originados en las actividades agrarias no alcancen los objetivos ambientales definidos por la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 octubre de 2000.
De esta forma, el procedimiento de identificación de estas aguas afectadas se simplifica, haciéndolo coincidir directamente con el diagnóstico de las aguas que se realice y comunique en los informes cuatrienales requeridos por la Directiva 91/676/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1991. Así mismo se hacen más exhaustivos los requisitos que se imponen a los programas de seguimiento de esta contaminación, al objeto de poder disponer de una definición más precisa del problema tanto espacial como temporalmente. Con esta modificación se alinean los procedimientos y objetivos de la Directiva 91/676/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1991 con los más exigentes de la Directiva 2000/60/CE, reforzando con ello la lucha contra la contaminación difusa.
Se introduce, además, mediante la correspondiente disposición final, la modificación del Real Decreto 817/2015, de 11 de septiembre, por el que se establecen los criterios de seguimiento y evaluación de las aguas superficiales y las normas de calidad ambiental, para incorporar en el mismo una mejor definición de la eutrofización que tiene por objeto fijar su forma de estimación, tanto en aguas continentales como costeras y de transición. Así mismo, tomando en consideración que el citado Real Decreto 817/2015, de 11 de septiembre, incorpora en su anexo III criterios y especificaciones técnicas actualizadas para los muestreos y análisis químicos, no se mantienen vigentes las indicaciones que a este respecto figuran en el anexo 4 del Real Decreto 261/1996, de 16 de febrero.
En cuanto a los programas de actuación para luchar contra esta contaminación, el real decreto habilita a los planes hidrológicos de cuenca para señalar requisitos que deban ser tomados en consideración por las comunidades autónomas al objeto de reducir la contaminación y alcanzar los objetivos ambientales de obligado cumplimiento según la senda señalada por los propios planes hidrológicos.
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