Supermercado

El Gobierno garantiza la información en los etiquetados de alimentos tras la reducción de materias primas de Ucrania

Ministerio de Consumo

29 de marzo, 2022

Las compañías tendrán que anular la declaración del ingrediente que haya sido sustituido en la denominación de venta y en la lista de ingredientes



El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un real decreto ley que recoge medidas excepcionales sobre el etiquetado de alimentos, como consecuencia de la reducción en el suministro de algunas materias primas provocada por la guerra de Ucrania.
 
La norma permitirá a las empresas reetiquetar productos cuya composición se haya reformulado mientras la disponibilidad de determinados recursos esté comprometida por razones de aprovisionamiento.
 

Los operadores podrán, por tanto, utilizar etiquetas o pegatinas adhesivas, impresión por chorro de tinta u otros sistemas equivalentes. El requisito obligatorio es que recojan la información actualizada relativa a los ingredientes que reemplacen a los utilizados anteriormente.

 
El Ministerio de Consumo ya anunció el pasado 17 de marzo medidas excepcionales para facilitar el reetiquetado de los productos afectados por el descenso en las importaciones de aceite de girasol. El Gobierno ha reforzado la protección y garantías de seguridad alimentaria de las personas consumidoras en previsión de que, en los próximos meses, esta circunstancia pueda afectar a otras materias primas.
 

Así, con la entrada en vigor de esta norma, las empresas alimentarias podrán reetiquetar sus envases previamente fabricados utilizando pegatinas o chorros de tinta. Además, las compañías tendrán que anular la declaración del ingrediente que haya sido sustituido, tanto en la denominación de venta como en la lista de ingredientes. Asimismo, seguirá siendo obligatorio reportar en todas las etiquetas la presencia de alérgenos.
 

El objetivo es evitar cualquier información o elemento gráfico que pueda inducir a error a las personas consumidoras sobre la composición real del producto y que los cambios que se produzcan en las etiquetas sean fácilmente visibles y legibles.
 
El Ministerio de Consumo permitirá que operadores y minoristas puedan utilizar instrumentos complementarios a la sobreimpresión de las etiquetas (como códigos QR, páginas web o carteles en el establecimiento de venta) para transmitir qué información se ha modificado. Estos medios complementarios en ningún caso sustituirán a la información obligatoria facilitada en el etiquetado.
 
Los cambios en el etiquetado han sido avalados por la Comisión Europea el pasado 18 de marzo a través de una comunicación a los Estados miembros, en aplicación del Reglamento (UE) 1169/2011, sobre información alimentaria facilitada al consumidor.

 


Puedes seguirnos


Te Recomendamos


Suscríbete a nuestra revista

Suscripción a 10 números consecutivos de la Revista Alimentaria desde la fecha de la suscripción

portada revista alimentaria Más información

Aviso de Cookies

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar la experiencia del usuario a través de su navegación. Si continúas navegando aceptas su uso.Política de Cookies.



Saber más