Fuego

Legislación: eliminación excepcional de restos vegetales generados en explotaciones agrícolas

Legalimentaria

11 de abril, 2023

Se realizará mediante quema controlada “in situ”, como medida fitosanitaria para evitar la proliferación y dispersión de organismos nocivos



Se ha publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia el Decreto-Ley n.º 1/2023, de 5 de abril, por el que se regula la eliminación excepcional de restos vegetales generados en explotaciones agrícolas, mediante quema controlada “in situ”, como medida fitosanitaria para evitar la proliferación y dispersión de organismos nocivos de la Región de Murcia así como su aplicación a las pequeñas y microexplotaciones agrarias.

Con la publicación en el BOE, de 24 de diciembre 2022, de la Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regulan el sistema de gestión de la Política Agrícola Común y otras materias conexas, en disposición final undécima, procede a modificar nuevamente el artículo 27 de la Ley 7/2022, de 8 de abril de residuos y suelos contaminados para una economía circular, cuya novedad regulatoria es la posibilidad de dispensa de dicha regulación a las pequeñas y las microexplotaciones agrarias.

A partir del 2 de enero de 2023, con su entrada en vigor, se dispensa a nivel estatal, de la prohibición general de quemar residuos vegetales generados en el entorno agrario a las pequeñas y microexplotaciones agrarias, de conformidad con lo dispuesto en la letra C de la parte 2 del Anexo III y considerando 22 de la Directiva UE 2016/2284 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2016, relativa a la reducción de las emisiones nacionales de determinados contaminantes atmosféricos, si bien dicha ley no establece una definición de qué se considera por “pequeña” o” microexplotación” agraria, lo que hace necesaria y urgente una regulación a nivel regional, dada la inseguridad jurídica que dicha indeterminación de conceptos está generando en el sector.

Ante numerosas consultas evacuadas por las distintas comunidades autónomas del reino de España, entre ellas la comunidad autónoma de la Región de Murcia, el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico (MITECO) elaboró una nota interpretativa. En base a la nota interpretativa sobre dicha modificación realizada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y los criterios científicos, medioambientales y técnicos correspondientes, se ha procedido a delimitar el significado y alcance de los conceptos de “pequeña” y “microexplotación” agraria, según las peculiaridades existentes en nuestra Región, para su regulación e inclusión en la normativa regional.

Esta identificación se ha basado en estudio técnico-científico proporcionado por el Instituto Murciano de Investigación y Desarrollo Agrario y Medioambiental (IMIDA) analizando las características específicas del tejido productivo de la Región de Murcia y de las cantidades de restos generados en las operaciones de cultivo y en definitiva su posible impacto sobre el medio ambiente y la salud de las personas, habiendo sido consensuada y con la participación de las asociaciones más representativas del sector agrícola de nuestra Región.

Resulta por ello necesario incorporar las definiciones de pequeña y microexplotación en la actual normativa regional y regular sus especialidades, dado que se ha considerado que en estos supuestos bastará con la presentación de una comunicación previa del interesado a la consejería competente en materia de sanidad vegetal sobre la intención de la realización de las quemas en dichos supuestos.


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