Alejandro Negro, consejero, y Pablo Tena, asociado
grupo.alimentacion@cuatrecasas.com
Es de sobra conocido que en España el sector agroalimentario cuenta con un alto nivel técnico que, además, va en aumento gracias a la innovación tecnológica y el avance de, entre otras tecnologías, la Inteligencia Artificial, el Internet of Things y el Blockchain.
Además, la continua innovación supone un motor esencial de la internacionalización para el sector que, según recientes informes, se sitúa entre uno de los más fuertes en el ámbito de la Unión Europea. De hecho, como informó recientemente el Observatorio sobre el sector agroalimentario español en el contexto europeo 2022 de Cajamar, el sector agroalimentario contribuyó con el 9,2 % del valor añadido bruto y el 11,4 % del empleo del total de la economía de España, además de concentrar el 17,5 % de las exportaciones de bienes del país.
Como indicabamos al inicio, uno de los factores más relevantes del crecimiento es la transformación digital del sector agroalimentario y, en este artículo, ahondaremos en la tecnología Blockchain, que puede definirse, de acuerdo con una de las múltiples definiciones, como un “libro de contabilidad inmodificable y compartido que facilita el proceso de registro de transacciones y seguimiento de activos en una red empresarial”1.
En este sentido, la tecnología Blockchain viene ganando terreno en múltiples sectores como el sector financiero, del arte y, en concreto, en el sector agroalimentario. Las características propias de esta tecnología son especialmente útiles para este último sector puesto que, entre otros, aporta trazabilidad y transparencia a lo largo de la cadena de suministros que envuelve al producto, desde la compra y fabricación de las materias primas hasta la entrega al cliente final.
En relacion con lo anterior, si bien es cierto que el sector agroalimentario está sometido a rigurosa normativa nacional y europea dirigida a garantizar la calidad, existe un alto volumen de fraude dentro del sector (según la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea, solo en el mercado del vino y de las bebidas alcohólicas en España, las falsificaciones tienen un coste anual para el sector de más de 400 millones de euros) que, recientemente, se ha visto aumentado por el aumento de precios.
Por lo anterior, la trazabilidad del producto y el etiquetado del mismo son aspectos esenciales a la hora de información sobre la veracidad, origen y salubridad y, por ello, la tecnología Blockchain resulta tan útil.
En este sentido, la tecnología Blockchain permite la posibilidad de rastrear productos fácilmente y, además, aportar transparencia en la cadena de suministros. Todo ello, beneficia tanto a los clientes finales como al resto de actores de la cadena de suministros por la que pasan los productos y, además, incremente el valor del producto al mejorar la eficiencia, otorgar más confianza, catalogar los productos como sostenibles, etc.
No obstante, si bien los beneficios de implementar esta tecnología pueden ser innumerables, es importante que, previo a su implementación, se realice un análisis jurídico a fin de evaluar las potenciales implicaciones que dicha implementación pueden suponer para la propia empresa. Entre otros aspectos, destacamos lo siguientes:
- Smart contracts: Si bien los smart contracts son válidos en nuestro ordenamiento jurídico, es importante tener en cuenta las especiales características de esta tecnología a la hora de redactar o programar estos contratos. Además, es altamente recomendable incluir en el contrato mecanismos que permitan cancelar, pausar o anular el contrato y establecer claramente el fuero.
- Responsabilidad: No obstante lo anterior, tal y como apunta la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)2, los smart contracts son susceptibles de contener errores de programación, comportamientos inesperados o desconocidos por el programador, o bien la existencia de vulnerabilidades. Lo anterior puede generar un conjunto de datos fraudulentos que puede conllevar un impacto importante para las partes del contrato o, en su caso, terceros. Por ello, es importante firmar con las partes involucradas en el proceso de redacción/programación cuantos contratos sean necesarios y, en concreto, establecer un régimen de responsabilidades claro.
- Protección de datos: La tecnología Blockchain puede tener una implicación para los derechos y libertades de los interesados y, más aún, cuando afecta a sus datos personales. Por ello, resulta especialmente importante evaluar si con la implementación de esta tecnología se tratarán datos personales y, en su caso, será necesario realizar una evaluación de impacto y, además, asegurarnos de que cumplimos con todas las obligaciones derivadas de la normativa de protección de datos.
La dilatada experiencia de Cuatrecasas en el asesoramiento de alto valor añadido en esta materia ha demostrado que para ciertas empresas la implantación de este tipo de tecnología supone un verdadero reto y, en muchas ocasiones, no se tienen en cuenta todos los aspectos jurídicos necesarios para cumplir con la normativa aplicable, así como implementar garantías suficientes para las partes.
Referencias:
1 IBM, “¿Qué es la técnología blockchain?”, accesible en https:// www.ibm.com/es-es/topics/blockchain
2 Blockchain (III): Smart contracts y datos personales: https:// www.aepd.es/es/prensa-y-comunicacion/blog/blockchain-iii- smart-contracts-y-datos-personales