Esto Le Interesa
CultivEco: Impulso de la transición agroecológica en el Mar Menor
La seguridad alimentaria y la calidad: claves para la competitividad
Desde Bruselas: Recomendaciones y buenas prácticas sobre acuicultura
El 14 de diciembre de 2017 se aprobó el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2325 de la Comisión, relativo a la autorización de preparados de lecitinas líquidas, lecitinas hidrolizadas y lecitinas desengrasadas como aditivos para piensos destinados a todas las especies animales, y por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/1007.
Las lecitinas fueron autorizadas sin límite de tiempo como aditivo en los piensos para todas las especies animales de conformidad con la Directiva 70/524/CEE. Posteriormente, se incluyeron en el Registro de aditivos para alimentación animal como productos existentes, de conformidad con el artículo 10, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.º 1831/2003.
Entre las medidas transitorias que recoge este Reglamento están los aditivos especificados en el anexo I, así como las premezclas que los contengan, producidos y etiquetados antes del 4 de julio de 2018 de conformidad con las normas aplicables antes del 4 de enero de 2018, que podrán seguir comercializándose y utlizándose hasta que se agoten las existencias
Puedes informarte sobre el resto de modificaciones que introduce esta Resolución y sobre cómo puedes estar actualizad@ de toda la legislación alimentaria en el siguiente enlace:
Más noticias de Opinión
Destacadas
Te Recomendamos
Suscripción a 10 números consecutivos de la Revista Alimentaria desde la fecha de la suscripción
Más informaciónLegalimentaria
Base de datos de legislación alimentaria europea, española y comunidades autonómicas