Legislación: medidas frente a un organismo nocivo para los vegetales
Legalimentaria
30 de abril, 2018
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Se ha publicado la Decisión de Ejecución (UE) 2018/638 de la Comisión, de 23 de abril de 2018, por la que se establecen medidas de emergencia para evitar la introducción y propagación en la Unión del organismo nocivo Spodoptera frugiperda (Smith).
La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) emitió un dictamen científico, adoptado el 28 de junio de 2017, sobre la clasificación como plaga de este organismo. Además, los Estados miembros han presentado datos sobre la interceptación del organismo en materias primas comercializadas.
En vista de la reciente introducción y propagación del organismo especificado en África, su distribución en América y los datos sobre interceptación presentados por los Estados miembros, hay otros vegetales hospedadores del organismo que deben ser objeto de medidas específicas para su introducción en la Unión: los frutos de Capsicum L. Momordica L., Solanum aethiopicum L., Solanum macrocarpon L. y Solanum melongena L., y los vegetales, a excepción del polen vivo, los cultivos de tejidos vegetales, las semillas y los granos, de Zea mays L., procedentes de África o de América.
Esta Decisión es temporal y de aplicación hasta el 31 de mayo de 2020 para permitir su revisión antes de esa fecha.
Puedes informarte sobre el resto de modificaciones que introduce esta Decisión y sobre cómo puedes estar actualizad@ de toda la legislación alimentaria en el siguiente enlace:
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