Real Decreto 4/2014: nueva norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibérico

3 de marzo, 2014

El Real Decreto 4/2014, de 10 de enero, establece la nueva norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibéricos


El Real Decreto 4/2014, de 10 de enero, establece la nueva norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibéricos, que mejora la información al consumidor en el etiquetado y presentación, la calidad del producto al establecer más rigor y control en los procesos y la fiabilidad en la asignación de las menciones que realmente corresponden a los productos.

 


Desde el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA) destacan que la nueva norma refleja todas las realidades productivas existentes en el sector del ibérico en el país e impulsa la conservación de la raza ibérica y del sistema productivo desarrollado en torno a la dehesa. Además,  consideran que es “fruto de un largo proceso de colaboración y diálogo entre las administraciones autonómicas y las asociaciones  representativas del sector”. De esta forma se evita la pérdida del nivel de pureza ibérica de la cabaña, se equilibran las cargas ganaderas con la capacidad de las dehesas y se refuerzan los controles de certificación y el cumplimiento de los criterios sobre edad y peso de sacrificio. Paralelamente, impide la confusión del consumidor en cuanto a denominaciones y se clarifica el etiquetado de los productos.

 

En relación con las razas autorizadas, se ha reforzado el papel del libro genealógico, cuyos certificados pasan a ser la única forma de acreditar la pureza racial, lo que ayudará a preservar la pureza de las mismas.


En cuanto a la crianza de los cerdos en montanera, la norma adapta la carga ganadera a la capacidad productiva de la dehesa, estableciéndose un número de cerdos por hectárea de dehesa en función de la superficie arbolada cubierta (entre 0,25 y 1,25, cerdos/ha).

 

La norma también regula las instalaciones a las que se exige una mayor superficie mínima para la crianza de los animales en cebaderos (2 m² mínimo para animales de más de 110 kilogramos de peso).


Denominaciones de venta y etiquetado


Para la comercialización de los productos se hace una firme apuesta por la mejora de la información al consumidor en el etiquetado: Denominación de venta y la indicación del tanto por ciento racial.


Con este objetivo, se simplifican las denominaciones de venta. Se pasa de...


Más información en Revista Alimentaria nº 451


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