Legislación: el sorbato cálcico, fuera de los aditivos autorizados
Legalimentaria
31 de enero, 2018
Esto Le Interesa
Asistencia jurídica integral para la industria alimentaria
Auténtica 2024: 7.000 profesionales acudirán a la cita gastronómica
Abierta la convocatoria de proyectos para el PERTE Mar-Industria
Recientemente se ha publicado el Reglamento (UE) 2018/98 de la Comisión, de 22 de enero de 2018, que modifica los anexos II y III del Reglamento (CE) nº 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo y el anexo del Reglamento (UE) nº 231/2012 de la Comisión por lo que respecta al sorbato cálcico (E 203).
En junio de 2016, la Comisión Europea puso en marcha una convocatoria pública para recabar datos científicos y tecnológicos sobre el ácido sórbico (E 200), el sorbato potásico (E 202) y el sorbato cálcico (E 203), con el objetivo de llenar las lagunas de datos señaladas en el dictamen científico sobre la reevaluación llevada a cabo por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA).
Sin embargo, ninguna empresa proporcionó los datos necesarios sobre genotoxicidad relativos al sorbato cálcico (E 203), por lo que la EFSA no puede completar su reevaluación de la seguridad de esta sustancia como aditivo alimentario.
Por tanto, procede retirar el sorbato cálcico (E 203) de la lista de la Unión de aditivos alimentarios autorizados.
Para que los explotadores de empresas alimentarias se adapten a los nuevos requisitos o encuentren alternativas al sorbato cálcico (E 203), el presente Reglamento debe aplicarse seis meses después de su entrada en vigor.
Puedes informarte sobre el resto de modificaciones que introduce este Reglamento y sobre cómo puedes estar actualizad@ de toda la legislación alimentaria en el siguiente enlace:
Más noticias de Agricultura
Destacadas
Te Recomendamos
Suscripción a 10 números consecutivos de la Revista Alimentaria desde la fecha de la suscripción
Más informaciónLegalimentaria
Base de datos de legislación alimentaria europea, española y comunidades autonómicas