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Tal y como señalan desde la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN), el Reglamento 1881/2006, de 19 de Diciembre de 2006, de la Comisión, por el que se fija el contenido máximo de determinados contaminantes en los productos alimenticios, establece un contenido máximo de ocratoxina A de 30 µg/kg en “Capsicum spp. (frutos de dicho género desecados, enteros o pulverizados, incluidos los chiles, el chile en polvo, la cayena y el pimentón)” aplicable hasta el 31 de diciembre de 2014.
A partir del 1 de enero de 2015, el contenido máximo previsto en este Reglamento es de 15 µg/kg, pero se ha visto que, a pesar de que ha habido una mejora en la aplicación de buenas prácticas en las diferentes regiones productoras del mundo, ese nivel previsto no es aplicable en las especies de Capsicum debido a condiciones ambientales desfavorables durante el cultivo y la cosecha...
Toda la información en Revista Alimentaria nº 460.
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