Modificaciones en la legislación del cangrejo rojo

Legalimentaria

24 de agosto, 2016


La ORDEN de 3 de agosto de 2016 aprueba el Plan de Control del Cangrejo Rojo (Procambarus clarrkii) en las marismas del Guadalquivir. El artículo 57.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía atribuye a dicha Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de medio ambiente, en el marco de la regulación general del Estado, sin perjuicio de la facultad de establecer normas adicionales de protección, en virtud de lo que establece el artículo 149.1.23 de la Constitución.

El cangrejo rojo, Procambarus clarkii, ha sido incluido en la lista de especies exóticas invasoras preocupantes para la Unión por el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1141 de la Comisión de 13 de julio de 2016, de conformidad con el Reglamento (UE) 1143/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo. 

La expansión de esta especie obliga a poner en marcha este Plan de Control, ya que en caso contrario supondría a muy corto plazo un grave problema por su excesiva proliferación, causando un mayor perjuicio para la flora y la fauna autóctona, las lagunas y cuerpos de agua, así como a plantaciones de cultivo del arroz y otros daños de carácter medioambiental, de incalculables consecuencias.

 

Puedes informarte sobre el resto de modificaciones que introduce esta Orden y sobre cómo puedes estar actualizad@ de toda la legislación alimentaria en el siguiente enlace:

 

http://www.legalimentaria.es

 

 

 

 

 

 


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