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Decisión (UE) 2017/436 del Consejo, de 6 de marzo de 2017, relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea, del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Chile sobre el comercio de productos orgánicos/ecológicos.
El Consejo de la Unión Europea, visto el Tratado de Funcionamiento de la UE, y en particular su artículo 207, apartado 4, párrafo primero, en relación con su artículo 218, apartado 5, considera:
El Acuerdo tiene como objetivo fomentar el comercio de productos orgánicos/ecológicos, contribuir al desarrollo y la expansióndel sector orgánico/ecológico en la Unión y en la República de Chile y alcanzar un alto nivel de respeto de los principios de la producción orgánica/ecológica, de garantía de los sistemas de control y de logotipos ecológicos/orgánicos de la Unión y de la República de Chile y aumentar la cooperación normativa entre las Partes sobre cuestiones relativas a la producción orgánica/ecológica.
Puedes informarte sobre el resto de modificaciones que introduce este Reglamento y sobre cómo puedes estar actualizad@ de toda la legislación alimentaria en el siguiente enlace:
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