Desde Bruselas: Nuevo acuerdo comunitario homologa los derechos de los consumidores

Irene Quintela/Bruselas

3 de mayo, 2019


La reforma revisa cuatro directivas europeas y forma parte del nuevo acuerdo para consumidores, destinado a analizar y limitar las diferencias que persisten entre los países de la Unión Europea. El nuevo acuerdo fortalecerá la protección del consumidor al introducir una reparación colectiva e imponer sanciones disuasorias para las empresas que no cumplan los requisitos. También incluirá temas en los que no existan leyes europeas, sobre todo en Internet.

La protección de las compras por Internet es uno de los principales beneficios. Los consumidores estarán a partir de ahora claramente informados sobre quién vende los productos o servicios y si es un profesional u otro consumidor (por ejemplo, Amazon, eBay, AirBnb o Skyscanner).

Se pretende así que quede claro dónde está la responsabilidad y cuáles son las leyes aplicables. También se informará de si los productos o servicios que se encuentran en los primeros puestos de la búsqueda lo están debido al pago previo.

Además, se ampliarán los derechos de los consumidores con respecto a los servicios digitales “gratuitos”: contratos por los que no se paga, pero que permiten a los comerciantes usar los datos personales de los consumidores. Del mismo modo que los consumidores pueden cancelar los contratos online para servicios digitales de pago antes de dos semanas, también se podrán cancelar los contratos en función del uso de datos personales.

Los servicios de almacenamiento en la nube, en las redes sociales o en las cuentas de email también estarán cubiertos.

Otro de los beneficios es la introducción de la reparación colectiva en todos los países de la Unión Europea. Si un gran número de consumidores se ven perjudicados por el mismo comerciante podrán estar representados en todos los Estados miembros por organizaciones sin fines de lucro para conseguir compensación, reemplazo o reparación. Los consumidores también podrán agruparse de forma transfronteriza para hacer una reclamación.

Reclamar una compensación financiera o la rescisión del contrato en caso de prácticas desleales, como la comercialización agresiva o engañosa, será posible gracias a una misma norma común en toda Europa.

Como tercer beneficio se incluyen las penalizaciones más disuasorias. Las autoridades de consumo de la UE no siempre están preparadas para sancionar las prácticas que crean “situaciones de daño masivo” y que afectan a un gran número de consumidores en toda la Unión. Dado que el nivel de penalizaciones varía y que suele ser demasiado bajo como para provocar un efecto disuasorio, la nueva norma dará a las autoridades nacionales de consumo el poder de imponer sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias de forma coordinada.

Para las infracciones generalizadas, que dañan a los consumidores en varios países de la UE, la multa máxima disponible debe representar al menos el 4% del volumen de negocios anual del comerciante en el año financiero anterior o una suma global de dos millones de euros en los casos en que la información en el volumen de negocios no esté disponible.

Finalmente, el nuevo reglamento pretende acabar con los productos de doble calidad. Una de las prácticas desleales consiste en comercializar productos con la misma marca y embalaje, pero con una composición significativamente diferente sin informar de ello al consumidor. Algunos estudios han demostrado evidencias de estas prácticas en la industria alimentaria. Siguiendo las pautas de la Comisión desde septiembre de 2017, el nuevo acuerdo actualizará la directiva sobre prácticas comerciales desleales.

Una vez que el Consejo apruebe la nueva directiva, los Estados tendrán un plazo de dos años para incorporarla a su legislación nacional.

 

 

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